20 años sin Mili
Centro de Historia y Cultura Militar de Ceuta, articulo del director coronel Carlos Busto Saiz.
El telediario de TVE del 9 de marzo de 2001 abría su edición del mediodía con las palabras del entonces Ministro de Defensa, Federico Trillo-Figueroa: “Señoras, señores, se acaba la mili”. El Consejo de Ministros que presidía José María Aznar acababa de aprobar el decreto por el que se suspendía la realización del servicio militar obligatorio después de haber estado en vigor durante 231 años en España.
El sorteo, las juras de bandera, las maniobras, el cuartel, las guardias, el rancho y, para muchos, el compañerismo son ya un recuerdo para los españoles mayores de cuarenta años y una historia desconocida para nuestra juventud.
No obstante, el servicio militar obligatorio no se suprimió, sino que se suspendió su realización. La famosa 'Mili', que ahora ya es historia, acabó el 31 de diciembre de 2001 para dar paso a unas Fuerzas Armadas profesionales que hoy están entre las instituciones mejor valoradas por los españoles. Hasta entonces y durante más de dos siglos, millones de jóvenes españoles cumplieron con sus obligaciones y sirvieron a nuestra nación.
Veinte años después, coincidiendo con el aniversario de la suspensión de este servicio, el Centro de Historia y Cultura Militar de Ceuta quiere rendir un recuerdo a la historia y leyenda de la Mili, cuyos hitos más importantes vamos a evocar a continuación.
Aunque en 1704 la dinastía de los Borbones ya había introducido el sistema de reclutamiento forzoso, no sería hasta el 3 de noviembre de 1770 cuando Carlos III aprueba una ordenanza por la que uno de cada cinco jóvenes (las Quitas) debía incorporarse todos los años al Ejército. ¡La Mili acababa de nacer!
Décadas más tardes, durante el periodo de la ocupación francesa, el gobierno regente transformó la idea de reclutamiento, apareciendo por primera vez en la Constitución de Cádiz de 1812 el término “servicio militar” que designaba la obligación de los ciudadanos en la defensa de la Patria. El Art. 9º rezaba de la siguiente manera: “Está asimismo obligado todo español a defender la patria con las armas cuando sea llamado por la ley.” Sin embargo, la guerra contra los franceses de 1808-1814 consiguió cambiar la mentalidad de la sociedad española, pues muchos civiles, mujeres y hombres, se unieron voluntariamente al Ejército para combatir al invasor. Miles de españoles por sí solos o con militares, hostigarán con riesgo de sus vidas a las tropas de Napoleón.
Cisterna "María de la O" Zamora 8 Ourense-Javier Torres
En 1844 el Gobierno de Narváez acomete un conjunto de reformas, determinando como funciones del Ejército la custodia del prestigio exterior de la Monarquía, la defensa del territorio nacional y la salvaguardia de la Constitución. Para ello creará varias unidades como los alabarderos encargados de la seguridad de la familia real, la Guardia Civil, creada en 1844 por el Duque de Ahumada a petición del ministro de la Guerra, Mazarredo Salazar, encargada y dedicada al mantenimiento del orden público y los carabineros, cuerpo armado y militarizado encargado de la política fiscal del Estado y de la vigilancia de costas y fronteras y que en 1940 desaparecería, cuando por Real Decreto se integró en la Guardia Civil.
Aunque las constituciones y las leyes de reclutamiento, como por ejemplo la de 1837, declaraban un servicio militar obligatorio, la realidad es que no se cumplía. Basta recordar que hasta la última Guerra Carlista (1872-1876) las provincias vascas estuvieron liberadas de las quintas y en el resto de España se permitía la redención en metálico del servicio, es decir, que el llamado a filas podía pagar a un sustituto para que fuera en su lugar.
Guardia colonial de Guinea Fernando Ramos
Sobre el año 1870, se instituyó una ley llamada de “Redención y Sustitución” por la cual se permitía la aceptación de sustitutos y la exención total o parcial en relación a la cantidad onerosa que se pagara al Estado, por lo que las familias adineradas evitaban que sus hijos realizaran el servicio militar.
La reforma militar de 1912 formulada por el Gobierno de José Canalejas tuvo como elemento importante e innovador la Ley de Reclutamiento y Reemplazo del Ejército. Esta ley contenía dos aspectos de suma transcendencia. Por una parte introducía el término “servicio militar obligatorio” y por otra, descartaba las figuras de la “redención en metálico” y de la “sustitución” vigentes hasta ese momento y que eran objeto de fuerte críticas políticas y sociales. Sin embargo, bajo el pretexto de hacer frente a la necesidad de mantener los recursos económicos proporcionados por estas figuras hasta ese momento, llevó a instaurar la nueva fórmula del “soldado de cuota” que, aunque no le eximía del servicio, reducía drásticamente su tiempo de servicio a cambio del pago de dinero.
Ya finalizada la Guerra Civil, el 8 de agosto de 1.940 se aprobó la Ley de Reclutamiento y Reemplazo del Ejército que perduró hasta 1.968. En ella se establecía un servicio militar obligatorio, cuyo servicio activo, a partir de los 20 años, estaba fijado en un máximo de dos años, si bien se podían conceder licencias a partir de los dieciocho meses cumplidos, lo que conllevaba la incertidumbre de la fecha del licenciamiento, que nunca era igual de un reemplazo a otro. A ello había que añadirle el periodo de “reservista” hasta cumplir 44 años, en cuyo momento se obtenía la licencia absoluta.
“Zamora 8” pasean el ganado en unas maniobras-Fernando Ramos
En 1.968, fue aprobada la Ley 55/1968, de 27 de julio, General del Servicio Militar que en su preámbulo manifestaba: “La necesidad de adaptar el servicio militar, que los españoles se honran en prestar a la patria, a las variaciones motivadas por la creciente evolución de la vida nacional en sus aspectos cultural, social, técnico y económico y la conveniencia de obtener una estructura ágil y flexible para el reclutamiento, obligan a modificar las actuales disposiciones sobre esta materia y redactar una norma legal, única para los tres Ejércitos, que, no obstante, respete aquellas peculiaridades que se considere deben subsistir”.
El artículo 59 de la citada ley expresaba el periodo de servicio en filas: “El primer período de la situación de actividad, servicio en filas, es el prestado en unidades, centros y dependencias de los tres Ejércitos. La duración del tiempo de servicio en filas será fijada por el Gobierno a propuesta de cada Ejército entre los quince y veinticuatro meses para el voluntariado normal y entre los quince y dieciocho meses para el personal procedente del reclutamiento obligatorio”.
"San Marcial 7" Burgos-LAAV
El mecanismo de reclutamiento era complejo y se desarrollaba por diversos organismos. El Gobierno fijaba cada año el cupo global de reclutas que estimaba necesario y los seccionaba por provincias. Entonces se ponían en marcha las Diputaciones Provinciales que con arreglo a la población de la suya se establecía el porcentaje que tenía que aportar, y lo trasladaba a los distintos municipios cuyos Ayuntamientos facilitaban las listas de mozos a los que por su edad y estado físico correspondía incluir en las Cajas de Reclutas. El proceso se iniciaba por los Ayuntamientos en los que existía el que se denominaba "Negociado de Quintas", donde a través del padrón municipal de habitantes, los Registros Civiles e incluso los parroquiales, se controlaba a los jóvenes que habían cumplido 20 años de edad durante el transcurso del año anterior (se hacía normalmente durante el mes de enero). Esos mozos eran citados a las dependencias municipales en donde se les filiaba, medía la estatura y su peso, y posteriormente se publicaban las listas con los nombres de los mozos considerados útiles, que podían ser impugnadas dentro de los plazos reglamentarios. En el mes de febrero se daban a conocer las listas definitivas y ya solo cabía esperar al “Sorteo”.
C.I.R. 13. Figueirido, Pontevedra en diciembre de 1977-Jose Antonio Moreno
La Ley de 1.968 duró hasta que vio la luz la Ley 19/1984, en la que se estableció un servicio activo de doce meses y una reserva hasta cumplir los treinta y cuatro años de edad.
La última Ley del Servicio Militar Obligatorio fue la Ley 13/1991. En ella emanan nuevas y muy diferentes consideraciones derivadas de la nueva situación geopolítica de Europa (fin de la Guerra Fría), el ingreso de España en la OTAN., el salto cualitativo de la tecnología de los equipos militares, la igualdad de la mujer e inicio de la explosión de la objeción de conciencia. Algunas de las disposiciones establecidas fueron las siguientes:
Inicio de la profesionalización de las Fuerzas Armadas: “… mediante un modelo mixto en el que los efectivos de reemplazo se complementen con un volumen creciente de soldados profesionales, hasta alcanzar una tasa de profesionalización en torno al cincuenta por ciento de los efectivos totales”.
Reducción del tiempo en filas: “La duración del servicio militar se establece en nueve meses, tiempo mínimo necesario …”
Mujer: “La mujer queda excluida de la obligatoriedad del servicio militar porque las necesidades de la defensa militar quedan cubiertas con el concurso de los varones y por considerar que esta decisión no vulnera el mandato de no discriminación establecido en el artículo 14 de la Constitución, …”
Objeción de conciencia: El artículo 11, que recogía las causas de exención del servicio militar expresaba en su apartado e): “Ser declarado objetor de conciencia de acuerdo con la Ley.”
Ranchero Joaquin Valldeperez "San Marcial" Burgos
Por último, resaltar que la Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas, en sus Disposiciones Transitorias, facultaba al Gobierno para suspender el servicio militar obligatorio, potestad de la que hizo uso mediante el Real Decreto 247/2001, de 9 de marzo. En la fecha en que el ministro de Defensa hizo el anuncio, había ya 76.000 militares alistados voluntariamente. La misma mili que se fue reduciendo, con la modernización e incremento tecnológico de los medios y equipos del Ejército, una institución íntimamente relacionada con la sociedad y que ha experimentado una evolución acorde con los tiempos.
Y hasta aquí el relato formal de La Mili, expresión popular con la que familiarmente se denominó durante décadas al servicio militar. La misma Mili sobre la que abuelos y padres han contado historias y anécdotas a sus nietos e hijos, algunas de las cuales acababan con frases como “mis mejores amigos, los de la mili”.
No era Mili sin muñeca-Jesús Pacheco
La Mili fue una experiencia que han disfrutado o sufrido muchos españoles. Hablar de ella sigue siendo un asunto recurrente. Miles de conversaciones se inician todavía con la frase “cuando yo hice la mili”. Su recuerdo para unos fue una época en la que disfrutaron enormemente; para otros no pudo ser más sombría; para muchos, una tarea que se hacía con resignación; para la mayoría, un retorno a su juventud, un canto a la nostalgia.
Fuese como fuese, durante más de dos siglos, millones de jóvenes españoles cumplieron con sus obligaciones y sirvieron a nuestra patria. Muchos de ellos salieron de sus casas, abandonando su familia, sus amores, sus sueños… y no regresaron jamás, pues en cumplimiento de su juramento sagrado y de su amor a España dieron su vida, lo dieron todo. Honor y recuerdo a ellos.
Hoy, el soldado español, orgulloso heredero de esta larga tradición militar y digno sucesor de aquellos soldados de reemplazo que efectuaban su juramento de fidelidad y servicio a España, está llamado a cumplir una importante misión con nuestra sociedad. Sus filas están compuestas por hombres y mujeres cualificados, preparados y motivados. Son portadores de valores permanentes y su vocación es servir a España y a los españoles.