Obligatorio el uso de la mascarilla desde los seis años, en todos los espacios públicos

También estarán exentos quienes se encuentren practicando deporte individual al aire libre, o en los supuestos de fuerza mayor o situación de necesidad o cuando por la propia naturaleza de las actividades resulte incompatible.

Obligatorio el uso de la mascarilla desde los seis años, en todos los espacios públicos
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El consejero de Sanidad, Javier Guerrero, ha firmado un decreto por el que la Ciudad Autónoma de Ceuta, dispone el uso obligatorio de la mascarilla para las personas mayores de seis años.

Aunque pueda garantizarse la distancia interpersonal de seguridad de metro y medio, es obligatoria la mascarilla sin válvula exhalatoria en la vía pública, en los espacios al aire libre y en cualquiera cerrado de uso público o que se encuentre abierto para dicha finalidad.

El decreto también recomienda su uso en los espacios abiertos o cerrados privados, cuando existan reuniones o una posible confluencia de personas no convivientes, aun cuando pueda garantizarse la distancia de seguridad.

Playas y piscinas

Queda exento el uso en las playas y piscinas durante el baño y mientras se permanezca en un espacio determinado, siempre y cuando se pueda respetar la distancia de seguridad entre los usuarios. Sí será obligatoria para paseos por la playa y piscinas.

Sanciones y uso correcto

El uso adecuado de la mascarilla, deberá cubrir desde parte del tabique nasal y hasta la barbilla incluida. El incumplimiento del uso de la mascarilla será considerado infracción leve y sancionado con multa de hasta 100 euros.

El tipo de mascarilla a utilizar no deberá estar provista de válvula exhalatoria, salvo los usos profesionales para los que este tipo pueda estar recomendada.

Transporte

Será obligatorio el uso de la mascarilla en todos los medios de transporte, así como en los desplazamientos en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de estos no conviven en el mismo domicilio.

Exenciones del uso de la mascarilla

En cuanto a las exenciones a este uso obligatorio, el decreto dispone que quedan exentos del mismo aquellas personas que padezcan enfermedad o dificultad respiratoria que pudiera verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para retirarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.

También estarán exentos quienes se encuentren practicando deporte individual al aire libre, o en los supuestos de fuerza mayor o situación de necesidad o cuando por la propia naturaleza de las actividades resulte incompatible.

Obligatorio el uso de la mascarilla desde los seis años, en todos los espacios públicos
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