Aprobado ausentarse en el permiso de lactancia
El Consejo de Ministros ha aprobado, la modificación del permiso de lactancia con la finalidad de mejorar su derecho, lo que, refuerza y complementa el permiso parental
Permiso menos restrictivo
En la actualidad el derecho a ausentarse se condiciona a la negociación colectiva o al acuerdo con la empresa.
La modificación del Estatuto de los Trabajadores elimina estas restricciones convirtiendo en un derecho, todas las posibilidades de disfrute, incluidas las horas retribuidas de ausencia. Con ello, se mejora e incrementa su reconocimiento y se protegen los permisos de conciliación.
Nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiples.
En los supuestos de nacimiento, adopción, guarda o acogimiento, los trabajadores tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones, para el cuidado del lactante hasta los nueve meses. La duración del permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de nacimiento…
Quien ejerza este derecho, por su voluntad, podrá sustituirlo por la reducción de jornada en media hora con la misma finalidad o acumularlo en jornadas completas.
La reducción de jornada constituye un derecho individual de los trabajadores sin que pueda transferirse a la otra persona progenitora, adoptante, guardadora o acogedora. No obstante, si dos personas trabajadoras de la misma empresa ejercen este derecho por el mismo sujeto causante, podrá limitarse su ejercicio simultáneo por razones fundadas y objetivas de funcionamiento de la empresa, debidamente motivadas por escrito, debiendo en tal caso la empresa ofrecer un plan alternativo. El cual, asegure el disfrute de ambos trabajadores, y que, posibilite el ejercicio de los derechos de conciliación.
Cuando ambos progenitores, adoptantes, guardadores o acogedores ejerzan este derecho con la misma duración y régimen, el periodo de disfrute podrá extenderse hasta los doce meses.