El acuerdo, en el que han participado los directivos de Colegios de ambos lados del Estrecho

Ceuta se integra en la Red de Colegios de Médicos Cooperantes de Andalucía

En dicho Congreso, se ha denunciado que la mitad de la población mundial no puede acceder a los servicios de salud básicos ni a medicamentos esenciales.

El Ilustre Colegio Oficial de Médicos de Ceuta, en reunión con el Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Médicos de Andalucía, ha acordado integrarse en la red de colegios cooperantes existente en la comunidad andaluza, en virtud del convenio de hermanamiento existente entre ambas corporaciones médicas.

El acuerdo, en el que han participado los directivos de Colegios de ambos lados del Estrecho, ha sido adoptado durante la celebración del Congreso de Cooperación Internacional de la Organización Médica Colegial, que ha tenido lugar recientemente en Santiago de Compostela. 

Este convenio, permitirá a los médicos ceutíes estar informados sobre la acción médica cooperante internacional, así como, acceder a las actividades formativas relacionadas con la solidaridad, cooperación internacional y labores de ayuda humanitaria que organiza el Consejo Andaluz. Todo ello se podrá realizar a través de sus secciones y oficinas de cooperación. 

En dicho Congreso, se ha denunciado que la mitad de la población mundial no puede acceder a los servicios de salud básicos ni a medicamentos esenciales, y las conclusiones del mismo se han plasmado en la “Declaración de Santiago de Compostela”, redactada por la Organización Médica Colegial (OMC), con el objetivo de sensibilizar a las Autoridades sobre este grave problema humanitario.


“Declaración de Santiago de Compostela”


Los médicos y profesionales sanitarios declaramos:

1. Que el acceso a los medicamentos esenciales, aquellos que cubren las necesidades de atención de salud prioritarias de la población y que forman parte de la Lista de Medicamentos Esenciales de la OMS, se consideren como un derecho universal esencial de la humanidad en cualquier población, como lo es el derecho a la educación, al agua potable o a la seguridad alimentaria.

2. Que los Gobiernos deben de tener voluntad política y tomar medidas urgentes para que en cualquier lugar estos medicamentos estén disponibles en todo momento en cantidades suficientes, con garantías de seguridad, efectividad y calidad y a un precio asequible para todas las personas.

3. Que esta realidad forma parte de una de las metas de los Objetivos de Desarrollo Sostenible en su Agenda 2030, en el punto dedicado a la salud y bienestar, y, en concreto, el acceso a medicamentos y vacunas de calidad, y constituye también una prioridad para poner fin a la pobreza, las desigualdades y las vulneraciones de los derechos en contra de la dignidad humana.

4. La imperiosa necesidad de que las instituciones políticas y sociales potencien protocolos con soporte financiero y acciones logísticas para la distribución de los medicamentos esenciales en todos esos ámbitos.

5. Que es urgente una legislación internacional que penalice el tráfico de medicamentos de baja calidad y falsificados, al tiempo que se impulse la creación de industrias locales que aseguren la producción de fármacos básicos de calidad, a precios accesibles y a todas las poblaciones.

6. Que, desde el punto de vista ético y deontológico, es preciso luchar con carácter universal y, sin distinción alguna, por la igualdad de los seres humanos, contra el sufrimiento y en defensa de la dignidad de la vida, mediante el acceso a los cuidados de salud y a los medicamentos necesarios para los mismos.

7. Que es necesario establecer protocolos y procedimientos que garanticen la seguridad en las acciones humanitarias desde la formación del personal y la acreditación de la titulación a través del Certificado de idoneidad hasta las relaciones con los agentes locales en terreno. Y para que se respete el Derecho Internacional Humanitario, solicitamos a los Gobiernos incentivar, fomentar y financiar equipos de investigación y medidas jurídicas eficientes que permitan acabar con la lacra de la tortura.

8. Que la labor de instituciones, ONG, Sanidad Militar, Colegios Oficiales de Médicos y otras profesiones sanitarias, secciones de cooperación de las Sociedades Científicas y comisiones sanitarias suponen un instrumento de cooperación esencial para fortalecer los sistemas nacionales de salud en los países en desarrollo. Por ello recomendamos, a las administraciones sanitarias y a los gobiernos autónomos, que fomenten y faciliten las acciones de los profesionales sanitarios en nuestro país y se impliquen en el desarrollo y aplicación de la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado.

9. Que la ayuda humanitaria no es la única solución para paliar las grandes crisis humanitarias y que se precisa de una acción internacional firme que ponga fin a estas situaciones.

10. La extrema importancia de que todos los colectivos profesionales sanitarios y no sanitarios dejemos latente nuestro compromiso y profesionalidad de servicio a los demás, de ayudar a los más vulnerables, con el propósito de equidad, de justicia social y del derecho a una mejor salud para todos; y este es el objetivo clave de la Fundación para la Cooperación Internacional de la OMC.

del personal y la acreditación de la titulación a través del Certificado de idoneidad hasta las relaciones con los agentes locales en terreno. Y para que se respete el Derecho Internacional Humanitario, solicitamos a los Gobiernos incentivar, fomentar y financiar equipos de investigación y medidas jurídicas eficientes que permitan acabar con la lacra de la tortura.

8. Que la labor de instituciones, ONG, Sanidad Militar, Colegios Oficiales de Médicos y otras profesiones sanitarias, secciones de cooperación de las Sociedades Científicas y comisiones sanitarias suponen un instrumento de cooperación esencial para fortalecer los sistemas nacionales de salud en los países en desarrollo. Por ello recomendamos, a las administraciones sanitarias y a los gobiernos autónomos, que fomenten y faciliten las acciones de los profesionales sanitarios en nuestro país y se impliquen en el desarrollo y aplicación de la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado.

9. Que la ayuda humanitaria no es la única solución para paliar las grandes crisis humanitarias y que se precisa de una acción internacional firme que ponga fin a estas situaciones.

10. La extrema importancia de que todos los colectivos profesionales sanitarios y no sanitarios dejemos latente nuestro compromiso y profesionalidad de servicio a los demás, de ayudar a los más vulnerables, con el propósito de equidad, de justicia social y del derecho a una mejor salud para todos; y este es el objetivo clave de la Fundación para la Cooperación Internacional de la OMC.