El Gobierno deroga la norma que ampara el despido por bajas médicas justificadas

Pool Moncloa/Jorge Villar

La derogación entrará en vigor cuando se publique en el Boletín Oficial del Estado y no tendrá carácter retroactivo.

 
 
  • El Gobierno también ha acordado la creación de impuestos sobre las transacciones financieras y sobre determinados servicios digitales, con el objetivo de adaptar el sistema fiscal a las nuevas áreas de negocio digital, sin subir los impuestos a las clases medias, a los trabajadores, a los autónomos y a las pymes.

     

    El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto-ley que deroga el actual artículo 52.d del Estatuto de los Trabajadores, relativo a la extinción por causas objetivas del contrato de trabajo, que permite el despido por falta de asistencia continuada a pesar de tener justificación médica.

    La ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha afirmado que este precepto constituye una anomalía respecto a la normativa laboral europea, como han puesto de manifiesto distintos tribunales en nuestro país e incluso el Tribunal de Justicia Europeo, que en 2018 alertó de la necesidad de modificarlo por ser causa de discriminación.

    Díaz ha asegurado que, con su derogación, se da seguridad jurídica a los trabajadores -especialmente quienes padecen discapacidad, enfermedades crónicas y de larga duración o se dedican al cuidado de personas dependientes- y se pone fin a la alarma social generada por la posibilidad de perder el empleo en un momento de gran vulnerabilidad, "cuando además de la preocupación por curarse pesa la enorme losa real de poder ser despedido".

    La ministra ha señalado que la medida, contenida en el acuerdo del gobierno de coalición, preserva el derecho a la salud, promueve la salud y la seguridad en el trabajo y cumple con el objetivo de promoción del trabajo decente de la Agenda 2030.

    La derogación entrará en vigor cuando se publique en el Boletín Oficial del Estado y no tendrá carácter retroactivo.