Intervención ya advirtió de esta irregularidad en agosto del año pasado

El MDyC exige al Gobierno que abandone las contrataciones de emergencia

A pesar de la finalización del periodo de alarma, se han realizado 55 contratos por un valor de 6,8 millones de euros.

Desde el Movimiento por la Dignidad y la Ciudadanía (MDyC), denuncian el abuso que el Gobierno sigue realizando con los contratos de emergencia, un procedimiento que según la Ley de Contratos del Sector Público debe ser utilizado cuando:

“La Administración tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastróficos, de situaciones que supongan grave peligro o de necesidades que afecten a la defensa nacional y que una vez ejecutadas las actuaciones objeto de este régimen excepcional, se observará lo dispuesto en esta Ley sobre cumplimiento de los contratos, recepción y liquidación de la prestación. Dando un plazo máximo de un mes”.

Con tal motivo el Grupo local ha tenido conocimiento que la Intervención envió una circular en agosto de 2020 a todos los departamentos advirtiendo que:

“Debe evitarse desde este la contratación por emergencia, debiendo recurrirse a los procedimientos ordinarios de contratación previstos en la LCSP. Los servicios y suministros que fueron adjudicados en su día por ese procedimiento excepcional no podrán seguir prestándose mediante un contrato de emergencia, sino que habrán de ser sometidos a licitación pública”.

A pesar de esta advertencia, desde el 21 de junio de 2020, en que finalizó el estado de alarma, el ejecutivo local ha realizado 55 contratos de emergencia por un importe superior a los 6,8 millones de euros, saltándose los preceptivos procedimientos de adjudicación, según asegura el Movimiento de Fatima Hamed.

Desde el MDyC van a exigir la paralización de esta fórmula de contratación y el control de todas estas adjudicaciones para, “conocer los beneficiarios”, así como que:

“Se inicien los procedimientos de contratación de los servicios que en su momento se dieron a dedo y que deben cumplir con la legislación contractual”.