Denuncian ante la Fiscalía la devolución en caliente de un menor en la frontera Ceuta
El joven manifestó, tanto a la Guardia Civil como la Cruz Roja, tener 16 años y llevar unos tres de ruta migratoria.
Consideran que, la entrega a las autoridades marroquíes, por Delegación del Gobierno de Ceuta, incumple tanto la Convención de los Derechos del Niño como la Ley de Extranjería
Once entidades sociales han puesto en conocimiento de la Fiscalía General del Estado la devolución en caliente de un menor nacional de Camerún y posterior entrega a las autoridades marroquíes, llevada a cabo por la Guardia Civil en la valla que separa Ceuta de Marruecos el pasado 21 de mayo. Estas organizaciones solicitan a la Fiscalía que lleve a cabo una investigación de los hechos por considerarlos contrarios a la normativa de extranjería y al derecho internacional de los derechos humanos, especialmente en lo que respecta a los derechos de los niños y las niñas.
Según el documento, “la entrega sumaria a las autoridades marroquíes se habría hecho a pesar de lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley de Extranjería, que exige “la inmediata puesta a disposición de los servicios de protección de menores de los extranjeros indocumentados que manifiesten ser menores de edad”. Tampoco se tuvo en cuenta su Disposición Adicional Décima, que establece que “en todo caso, el rechazo se realizará respetando la normativa internacional de Derechos Humanos y de Protección Internacional de la que España es parte”.
Estas entidades consideran que esta práctica también vulnera la Convención de los Derechos del Niño, en la que se prevé́ que “los Estados adoptarán las medidas de protección de los menores bajo su jurisdicción con respeto al interés superior de estos” (Art. 3 y 20). Abundando en el cumplimiento de este acuerdo internacional, el documento presentado el pasado viernes a la Fiscalía recuerda que “se aplican incluso con respecto a los menores que queden sometidos a la jurisdicción del Estado, al tratar de penetrar en el territorio nacional”. Y que los “Estados han de tomar todas las disposiciones necesarias para identificar a los menores en situación de no acompañados, lo antes posible”.
Asimismo, en la argumentación jurídica de este escrito, se alude también al Dictamen aprobado por el Comité de Derechos del Niño en enero de 2019, en el caso 4/2016 defendido por Fundación Raíces junto a la ONG alemana ECCHR, en el que el Comité condena a España por la devolución en caliente de un menor maliense sin previamente identificarle como tal, sin considerar su interés superior ni proporcionarle asistencia como menor de edad. En el mismo, el Comité reitera “la obligación del Estado parte de no trasladar a un niño a un país en el que haya motivos racionales para pensar que existe un peligro real de daño irreparable para el menor” y la obligación de revisar la Ley de Seguridad ciudadana y la legislación que autoriza este tipo de devoluciones “en caliente” en Ceuta y Melilla para evitar que se cometan violaciones similares en un futuro.
Es importante señalar que estos dictámenes son considerados por el Tribunal Constitucional como interpretación auténtica de la Convención, y, por lo tanto, vinculantes para España, por lo que no se pueden ejecutar rechazos sumarios de menores de edad.
Por último, las entidades firmantes, además de solicitar a la Fiscalía a iniciar el trámite del escrito como denuncia de forma inmediata y proceder a una investigación exhaustiva de lo sucedido, exigen al Ministerio de Interior el cese inmediato de este tipo de prácticas no sólo por su potencial carácter ilegal por la inexistencia de actuaciones para la determinación de edad de esta persona, sino también por su carácter inmoral al priorizar la expulsión frente a la protección de un potencial menor de edad.