Negativa de los Interinos Docentes a las oposiciones de junio, para el cuerpo de profesores de secundaria y FP

Este posicionamiento se basa en dos razones de peso: la reciente sentencia del TJUE y el Covid-19.

 
 
  • Desde la Plataforma de Interinos Docentes de Ceuta (PIDOCE) pone de manifiesto su postura más enérgica, absoluta y rotundo rechazo ante la posibilidad de una convocatoria de oposiciones para el cuerpo de profesores de secundaria y FP prevista para junio de 2020, tanto por la situación del Estado de Alarma, como por las cuestiones que recoge la sentencia del TJUE.

    Este posicionamiento se basa en dos razones de peso: la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y la situación del Estado de Alarma provocada por la pandemia del Covid-19.

    En lo que a la sentencia del TJUE se refiere es lo que lleva tiempo denunciando PIDOCE. La sentencia dicta que las administraciones públicas españolas han abusado de la temporalidad en sus contratos incurriendo en fraude, debiendo ser compensados los trabajadores por el abuso sufrido y las Administraciones sancionadas por ello.

    Asimismo, la sentencia deja claro que ni los procesos de estabilización, ni los procesos de consolidación, pueden ser considerados como una sanción para cumplir la Directiva y, por tanto, la convocatoria de cualquier proceso selectivo debe ir precedida del establecimiento de una sanción proporcional, efectiva y disuasoria, específicamente prevista para sancionar los abusos; el hecho de que el personal temporal pueda participar en estos procesos selectivos, no exime del cumplimiento de la norma. Es más, la sentencia afirma que los únicos procesos selectivos que cumplen la Directiva, son aquellos en los que únicamente pueden participar los empleados objeto del abuso, eliminando la sentencia la posibilidad de que se convoquen procesos selectivos abiertos.

    Desde PIDOCE consideran que los mal llamados “procesos de estabilización” deben decaer ya que están enfocados a consolidar las plazas y no a los afectados, es decir, que lo único que podrían conseguir sería reducir la temporalidad, lo que implicaría el hecho de no haber tomado en consideración la infracción ya cometida, y entendemos que lo que deben hacer es estabilizar a los trabajadores que, como dicta la sentencia, han sufrido el fraude por parte de las Administraciones.

    Teniendo en cuenta la recurrente sentencia del TJUE, el hecho de no consolidar al personal que ha estado contratado en fraude conllevaría unas indemnizaciones que, dadas las circunstancias actuales que vive el país a causa de la pandemia del COVID-19, sería un despilfarro inasumible por las administraciones. Actualmente se está barajando la posibilidad, incluso de reducir el 2% el salario de los funcionarios para hacer frente a la crisis que inevitablemente va a provocar esta catástrofe sanitaria por lo que lo lógico sería subsanar el daño causado por los cauces legales que estimen oportunos sin tener que llegar a asumir las indemnizaciones a todo el personal afectado.

    En la reunión telemática del 20 de marzo, al menos diez comunidades autónomas consideraban necesario aplazar la fecha de exámenes, sin embargo, pocos consideraban oportuno suspender la mencionada convocatoria. En cualquier caso, las próximas reuniones para el consenso estarán presentes todas las comunidades autónomas, excepto las Ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.