Convocatoria de ayudas universitarias

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, excepto para las ayudas de carácter extraordinario cuyo plazo será de 5 días hábiles.

El Consejo de Gobierno ha autorizado la convocatoria de ayudas universitarias por importe de 500.000 euros. Tal y como ha explicado el portavoz del Gobierno, Alberto Gaitán, se añade 72.000 euros más para financiar ocho becas extraordinarias de 9.000 euros cada una.

 A través de esta convocatoria se becan enseñanzas universitarias adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior conducentes a títulos oficiales de grado o enseñanzas universitarias a extinguir. en los siguientes casos:

  • Cursadas en Ceuta con carácter presencial o a distancia: 800 euros.
  • Cursadas fuera de Ceuta, en territorio nacional, excluyendo aquellas que se puedan cursar con carácter presencial en la ciudad autónoma: 2.650 euros más de 200 euros de ayuda al transporte.
  • Cursadas fuera del territorio nacional, en un estado miembro de la Unión Europea, excluyendo aquellas que se pueden cursar, con carácter presencial, en Ceuta: 3.000 euros más 200 de ayuda al transporte
  • Enseñanzas de FP de grado superior, pertenecientes a ciclos formativos de grado superior no impartidos en Ceuta: 1500 euros más 200 de ayuda al transporte.
  • Enseñanzas no universitarias del ejercicio coreográfico, lírico y musical, arte dramático, canto, danza y el sector audiovisual no impartidas en Ceuta: 1.500 euros más 200 de ayuda al transporte.
  • Estudios universitarios de formación de postgrado o de tercer ciclo, organizados por Administraciones Públicas, Universidades Públicas, o entidades e instituciones sin ánimo de lucro y con reconocimiento en el territorio nacional. 100% de los costes de matriculación hasta un límite de 2.500 euros.

¿Cuáles son los requisitos e incompatibilidades para ser beneficiario?


a) Ser español o poseer la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea, siendo preciso en este último caso que el propio estudiante o sus sustentadores se encuentren trabajando en España. 

b) Estar matriculado en alguna de las enseñanzas que se enumeran en el apartado anterior.

c) Residir en Ceuta.

d) No disfrutar de ninguna otra beca o ayuda para la misma finalidad, procedente de cualquier Administración o ente público o privado nacional o internacional. 

e) Cumplir los requisitos académicos y los umbrales económicos establecidos. 


¿Qué es la Ayuda Extraordinaria?


Con carácter extraordinario, se establece una ayuda de 9.000 € para el alumnado que, cumpliendo los requisitos y circunstancias establecidos para ser beneficiario, realicen estudios de Enseñanzas universitarias adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior conducentes a títulos oficiales de Grado, fuera de Ceuta, siempre que dichos estudios no puedan ser cursados en Ceuta (ni de manera presencial ni a través de la UNED) y cuya renta familiar disponible sea muy baja.


¿Cuál es el plazo y la forma de presentación de las solicitudes?


El plazo de presentación de solicitudes será de quince (15) días hábiles, excepto para las ayudas de carácter extraordinario cuyo plazo será de cinco días (5) hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta.

Las solicitudes se realizarán a través de la Sede Electrónica de la Ciudad de Ceuta.


¿Qué documentación debo preparar para solicitar la Ayuda?


Con carácter obligatorio:

- Certificado de matrícula de los estudios.

- Solicitud de ayuda para estudios universitarios y otros (se proporciona en la Sede Electrónica).

- Libro de familia.

- Certificado cuenta corriente (IBAN).

- Documento acreditativo de la matrícula en el curso precedente.

Más información en la Sede Electrónica o en el Negociado de Educación (Departamento de Becas y Ayudas), a través de cita previa  https://www.ceuta.es/ceuta/cita-previa


¿Cómo se valorarán las solicitudes?


La convocatoria puntúa cuatro factores:

1.- Número de miembros de la unidad familiar.

2.- Situaciones familiares desfavorables: desempleo, orfandad, monoparentalidad, discapacidad, otros hermanos universitarios, víctima de violencia de género o del terrorismo

3.- Ingresos económicos: se bareman del 1 al 10 según nivel de renta,

4.- Valoración académica: nota media del curso anterior del 0 al 10.